ley de plástico de un solo uso

Plásticos de un solo uso: pros y contras de la ley colombiana.

Antes de comenzar este articulo, es importante dar contexto sobre la ley 2232 de 2022 en Colombia que entró en vigencia en el territorio colombiano a partir del 7 de julio del año en curso. Esta normativa prohibe el uso de plásticos a los que normalmente se les da un único uso como son: las bolsas plásticas de supermercado, las bolsas para guardar revistas y periódicos, las bolsas para lavanderia, vasos, platos, cubiertos, pajillas desechables y los copitos que normalmente son usados para la limpieza de oidos y pequeñas heridas.

Es importante mencionar que esto no es una medida original, esta decisión hace parte de la iniciativa de paises latinoaméricanos que ya tomaron esta misma decisión – Mexico, Panamá, Chile, Costa Rica y Ecuador – buscando reducir el impacto del plástico en la vida cotidiana y en definitiva, evitando que sigan llegando toneladas de desechos a los oceanos.

Esta ley se empezará a aplicar gradualmente y se estima que para el año 2030, se prohiba completamente la comercialización de estos elementos en el país. Adicionalmente, la ley 2232 del 2022 busca implementar una prohibición de un grupo de plásticos desde la entrada en vigencia, dentro de los cuales están: bolsas para envolver revistas y periódicos, bolsas de lavandería, bolsas para empacar alimento en supermercados, los soportes para globos y para copitos de oídos, así como pitillos y para el año 2030, se prohibirá la comercialización definitiva de productos como: los envases para contener líquidos de consumo inmediato y alimento, las bolsas para entrega a domicilios, los platos, bandejas, cuchillos, tenedores, cucharas y vasos desechables, el confeti, los manteles y serpentinas usados para fiestas, los hilos dentales, adhesivos o stickers fijados a vegetales, así como los plásticos utilizados para empacar hierbas aromáticas, frutas y verduras. 

Si bien, muchos actores de la sociedad y de las entidades que buscan el cuidado del medio ambiente celebran está decisión, hacen una fuerte crítica a los tiempos de su implementación ya que muchas especies marinas están en un riesgo inminente por la cantidad descomunal de plásticos que todos los días se vierten en los oceanos. 

Esta ley sancionada en Colombia tiene repercusiones graves para aquellos que no se sometan a esta normativa: se les impondrá multas que van desde 100 hasta 50.000 salarios minimos mensuales vigentes, el cierre temporal o definitivo del establecimiento, si la persona es reincidente en la falta. Se aclara que todos estos articulos, se pueden evitar o reemplazar y por ello se busca desestimular su uso y su comercialización. Adicionalmente, muchas empresas vienen trabajando en productos similares o sustitutos que tienen procesos más amigables con el medio ambiente o son hechos con fibras reciclables. Productos sustentables que pueden cumplir con su función sin afectar el medio ambiente e incluso reciclarse ( fique, papel, hojas de plátano, cascarilla de arroz, fibra de coco, entre muchas otras más).

Las carnes y víveres con alguna humedad podrán seguir siendo empacados en plásticos, así como las bolsas para los desechos de mascotas y de basuras. Sin embargo, si se recomienda buscar alternativas biodegradables, que ya se pueden adquirir en el comercio.

Algunos de los CONTRAS que encontramos en está ley.

1.Falta mucha educación al respecto. Esto debe hacerse de forma frecuente y casi obligatoria, en las instituciones educativas del país. Lo importante es enseñarle a los más pequeños a utilizar alternativas diferentes para frenar el impacto del plástico en nuestro día a día.

2.Faltan más productos en el mercado por prohibir. En el caso de la cerveza, el plástico que se usa para asegurar las 6 latas, es una trampa mortal para la vida marina y esto parece que pasó de agache.

3.¿Qué pasa con las familias y empresas que toda la vida han vendido estos articulos? Si bien es importante trabajar procesos de innovación en las empresas, esto es costoso y no muchas empresas podrán lograr adaptar sus modelos de producción o negocio, lo cual necesariamente desembocará en una quiebra de negocios y perdida de empleos.

4.Hecha la ley, hecha la trampa. Muchas personas optarán por comprar estos articulos de forma irregular para evadir la normatividad. Proliferarán muchos negocios de venta de estos articulos de forma clandestina y esto conlleva un riesgo mayor para la salud. Lo más seguro, se incrementará la llegada de productos de estas categorias a bajo costo, para ser comercializados de manera irregular en el comercio.

5.¿Y el icopor qué? No se tiene claridad con la regulación del uso del icopor. Algunas entidades aseguran que será regulado y otras no.Se estima que solo para el 2030 se tenga claro si estará regulada y lamentablemente es un material que se usa en multiples industrias y que termina en la basura (protección para electrodomesticos y tecnologia / empaques para comida rápida).

Para terminar nuestro articulo les compartimos estos datos importantes:

La organización Planeta ConSentido asegura que en Colombia cada año se consumen 1.250.000 toneladas de plástico, lo que se traduce en 24 kilos por habitante. Además, “el 56% de estos plásticos son desechables, es decir, su uso en gran parte es innecesario. Se utilizan una vez y se botan al basurero”.

¿Cuéntanos que acciones estas realizando en tu hogar, escuela o trabajo para disminuir el uso de plásticos de un solo uso? ¡Has encontrado productos o soluciones sustitutas? Queremos conocer tu opinión.

Puedes ampliar la información en el siguiente enlace que te compartimos.

https://www.eltiempo.com/vida/medio-ambiente/adios-a-los-plasticos-de-un-solo-uso-a-partir-del-7-de-julio-del-2024-que-se-puede-usar-y-que-no-le-contamos-3358816

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